Así funciona el permiso retribuido de cuatro días al año por causa de fuerza mayor
Analizamos en qué casos está justificado este permiso que se puede solicitar por horas y cómo comunicarlo a la empresa.
Los trabajadores tienen derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor. Se trata de un permiso que pueden solicitar por motivos urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, y en caso de una enfermedad o accidente que haga indispensable su presencia inmediata.
¿Cuánto dura el permiso por fuerza mayor? Este permiso es de un máximo de cuatro días al año, aunque también se puede consumir por horas. En todo caso, se trata de días u horas laborables.
Es un permiso retribuido. Los días u horas que el trabajador tome por este permiso están retribuidos.
¿Quién tiene derecho al permiso por fuerza mayor? Todos los trabajadores tienen derecho a solicitar el permiso por fuerza mayor retribuido, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores, independientemente de lo que ponga en su convenio.
¿Desde cuándo está vigente? Este nuevo permiso se aprobó mediante el real decreto ley 5/2023, junto a otros permisos para favorecer la conciliación, como el de cinco días por enfermedad o accidente. Está vigente desde el 30 de junio del 2023.
¿Qué había antes? “No existía ningún permiso similar previo en este sentido”, explica la abogada laboralista Emilia de Sousa a Newtral.es. “De hecho, suponía un problema para el empleado no poder acudir al trabajo por tener que atender a un hijo enfermo o cuando avisaban del colegio porque se encontraba mal”, añade.
¿Cómo se debe comunicar esta situación a la empresa? El trabajador debe “acreditar el motivo de la ausencia” de la mejor manera que pueda, según indica la norma. “Hay que comunicarlo a la empresa lo antes posible”, apunta De Sousa, aunque añade que a veces estas circunstancias por fuerza mayor “son difíciles de justificar con documentos”.
- Un ejemplo sería cuando un hijo pasa la noche con fiebre o vómitos. No puede ir al colegio en ese estado y, o bien no es nada más grave y se decide no llevarle al médico o bien no hay citas médicas hasta pasados unos días, pero no se trata de una situación tan grave como para acudir a Urgencias. “En este caso hay trabajadores que lo que acreditan a la empresa es el justificante de que el niño no ha podido acudir al colegio”, indica la experta, “que debería ser suficiente”.
¿Hay que justificar que se es conviviente? En el caso de que quien necesite nuestros cuidados sea un adulto “sí se debe tratar de justificar esa convivencia”, explica De Sousa.
Contexto. Este permiso es fruto de la trasposición de la directiva europea 2019/1158 por parte de España y aparece recogido en el artículo 7 de la misma.