La declaración íntegra de García Ortiz ante el juez: «Cambié de móvil pero no por la investigación»
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, declaró como imputado ante el Tribunal Supremo por presunta revelación de secretos en el caso González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. Su declaración íntegra, que desvela OKDIARIO, desvela su confesión de que cambió su móvil el 23 de octubre de 2023 pero, … Continuar leyendo "La declaración íntegra de García Ortiz ante el juez: «Cambié de móvil pero no por la investigación»"
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, declaró como imputado ante el Tribunal Supremo por presunta revelación de secretos en el caso González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. Su declaración íntegra, que desvela OKDIARIO, desvela su confesión de que cambió su móvil el 23 de octubre de 2023 pero, asegura sin ruborizarse, no tuvo relación con la investigación. «Si yo hubiera querido ocultar datos, hubiera cambiado el 30 de julio, que es cuando se eleva la exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia», argumentó ante el magistrado instructor.
El fiscal general explicó que su teléfono móvil «alberga información que puede afectar a la seguridad de este país» y defendió que el borrado regular de datos es una práctica obligatoria. «No lo digo yo, lo dice el reglamento de protección de datos de la Unión Europea, la Ley de Protección de Datos española y la instrucción de la Fiscalía General», manifestó.
A continuación, recogemos la declaración íntegra y en su literalidad de García Ortiz en el Supremo, la primera de un fiscal general como imputado:
En Madrid, a 29 de enero de 2025. Ante el Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián, siendo las 10:03 horas y asistido de mí la Letrada de la Administración de Justicia, comparece la persona anteriormente reseñada. Asiste a la presente declaración el Ministerio Fiscal representado por la Sra. Dª. Mª Angeles Sánchez Conde, y comparecen los Letrados de las acusaciones (…).
Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: Buenos días. Vamos a comenzar la sesión para la práctica de la diligencia que teníamos señalada para esta mañana. Es la declaración de don Álvaro García Ortiz y vamos a comenzar con las preguntas rituales. ¿Conoce usted sus derechos constitucionales? Se lo voy a recordar. Se le van a hacer una serie de preguntas. Si usted quiere contestar contesta. Si no, tiene derecho a guardar silencio.
-Álvaro García Ortiz: Le escucho un poquito mal.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: Bueno, pues vamos a ver. Estaba recordándole sus derechos constitucionales, el derecho a declarar a contestar a las preguntas que se le hagan. Puede usted contestar a unas, a otras, o a las que desee no contestar, no contesta, y a partir de aquí vamos a empezar con el interrogatorio. ¿Tiene usted intención de declarar a todas las preguntas que se le formulen o vamos a vamos a ir viendo cómo se desarrolla la cuestión?
-Álvaro García Ortiz: Voy a declarar a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: ¿Solamente, a las acusaciones, a ninguna de ellas, por lo que veo que me dice, verdad?
-Álvaro García Ortiz: No voy a contestar a las preguntas del instructor.
-Abogado del Estado de FGE: Sí, pero, señoría, con carácter previo quisiéramos que se informase en virtud del artículo 118.1.A de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al investigado de los hechos por los que se han investigado.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: La información sobre los hechos, si se ha leído usted el auto que dicté el día 13, que es el auto de imputación donde detallo más o menos los hechos. En cualquier caso, antes de empezar, como me apunta su abogado, no tengo ningún inconveniente en apuntar en los hechos que nos han traído aquí. En principio vienen provisionalmente calificados como un delito de revelación de secretos, y yo creo que son puntuales 3 circunstancias básicas, es decir, que el auto tiene mucho más contenido, pero que creo que hay 3 momentos que son cruciales. 1 es el momento en que llega a la Fiscalía General del Estado el expediente completo de la Agencia Tributaria, del señor González Amador. Creo que eso tiene relevancia penal, luego hay otro momento que creo que es fundamental. Me estoy refiriendo al momento en que circula por los medios el célebre correo de 2 de febrero de 2024, donde González Amador, o su mejor dicho su abogado, reconoce que ha cometido los 2 delitos contra la contra la Hacienda pública, y otro tercer punto que creo que también es de relevancia a los efectos de lo que nos ha traído aquí es la nota que sacan el día 14 a primera hora de la mañana, nota informativa o nota de prensa que según cada cual la llaman de una manera y donde, bueno, a un una detallada secuencia de las circunstancias que se tienen en cuenta para valorar, bueno, pues lo que ha realizado el señor González Amador y también se hace mención a esa actividad delictiva de la que se había hablado anteriormente, la noche del día, mejor dicho, la noche anterior, a través de lo que circula en el correo y donde esto es, en síntesis, los hechos que se constituyen la base de la imputación. Si quiere que sea más exhaustivo yo le doy a la secretaria perdón a la letrada de la Administración de Justicia el auto de 13 de enero, y se lo lee íntegramente. ¿Le parece?
-Abogado del Estado de FGE: Bien. En ese caso, señoría, con la venia, elevamos respetuosa protesta, entendemos que hay una discrepancia entre el auto de 15 de octubre de 2024, que afecta a la exposición razonada, y los hechos que nos acaba de relatar, y consideramos que concurre indefensión en el señor Álvaro García Ortiz y, por tanto, efectuamos esa respetuosa protesta a los efectos de poder acudir en amparo al Tribunal Constitucional.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: Yo le voy a responder a usted, si usted se ha leído el auto de 13 de enero se fijará que es un auto que hace una aproximación a lo que es los datos que nos ha venido aportando la instrucción hasta ese momento. Evidentemente que no coincide con los del 15 de octubre porque no estaba ni siquiera imputado en ese momento Álvaro García Ortiz. En fin, dejó constancia de su protesta, pero yo creo que la base, repito, apoya esas discrepancias. Entonces podemos empezar. Si yo le realizo alguna pregunta, ¿va a contestar a las que yo le haga?
-Álvaro García Ortiz: No, sólo voy a contestar a la fiscalía y a la Abogacía, pero quería, si me permite, dar esas razones, la entrada y registro en mi despacho, del despacho del fiscal general del Estado es una diligencia de investigación, invasiva de derechos fundamentales y fue recurrida, ha sido recurrida ante este Tribunal invocando una nulidad. No ha sido resuelto ese recurso y entiendo que toda la base de la imputación que se realizase en base, fundamentalmente a ese registro y al que se hace en el registro de la fiscal jefe de Madrid. En segundo lugar, creo también que hay una serie de diligencias que ha ordenado el magistrado instructor que todavía no tenemos conocimiento de las mismas y me daría a mí poca oportunidad de ser exacto en mis contestaciones si no las tuviera presentes a la hora de contestar, y en tercer lugar, creo que, aunque ha sido objeto de un pequeño debate, el objeto del proceso no está fijado en términos que a mí me puedan garantizar de alguna manera en mi defensa creo también que sean algunas de las diligencias de defensa que yo pediré me parecen absolutamente indispensables para ejercitar este derecho. Han sido denegadas por el Magistrado instructor, creo que con una predeterminación yo entiendo y se lo digo con términos absolutamente de defensa y sin ánimo de entrar en polémica que el Magistrado instructor tiene una certeza que no nos lleva al descubrimiento de la verdad, y creo que esa situación me perjudica. También quiero hacer una mención a por qué no voy a contestar a alguna de las acusaciones, en especial la acusación particular, que es quien tiene una legitimación para estar en este proceso. Creo que la querella y me voy a referir a 2 aspectos, 1 sustantivo y otros procesal creo que la formulación de la querella que se hace en el Tribunal Superior de Justicia y la posterior ratificación que se hace en el Tribunal Supremo, el querellante, omite datos fundamentales que sí han salido en la instrucción, omiten una querella por revelación de secretos que hay al menos 1 de los correos ha sido transmitido en tiempo real de manera inmediata. En el momento en el que lo recibe del abogado de los recibe su abogado y lo transmite al jefe de gabinete de la presidenta, esto no figura en los hechos de la querella, y creo que es relevante que hay un comienzo de de traspaso de información que desde luego no figura en esos hechos, como tampoco lo hay la puesta en conocimiento entre el subdirector de investigación del mundo y el propio querellante, en el que finalmente aparece un reflejo de esas conversaciones en una edición del mundo, me parecen hechos tan relevantes que llevan de una manera casi unívoca a una investigación hacia la fiscalía, y creo que el querellante bueno no ha sido leal Con con con los tribunales, puesto que ha omitido hechos que son fundamentales. Creo también que es posible que haya habido otro correo enviado, del que se ha citado, que se ha citado aquí durante la instrucción y, por último, me parece bastante relevante el querellante durante todo este momento. Estos momentos, que han sucedido especialmente la noche del 12, del 13, del 14, pudo perfectamente desmentir la mentira, que se estaba transmitiendo a las redes, y no lo hizo, y yo creo que esa conducta no es propia de quien quiere guardar un secreto, y creo que la mentira no puede ser nunca un secreto. Me someto a las preguntas de mi letrado, muchas gracias.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: ¿Solamente a su letrado?, ¿a los demás letrados?
-Álvaro García Ortiz: Perdón, a la fiscalía y a mi letrado.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: Bueno, pues vamos a empezar por la fiscalía y luego su letrado, ¿a los otros 2 letrados no les va a contestar?
-Álvaro García Ortiz: No, solamente mi letrado.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: Tiene la palabra la representante del Ministerio Fiscal.
-Ministerio Fiscal: Son la venia, señoría, la teniente fiscal del Tribunal Supremo discrepa con las apreciaciones del señor fiscal general del Estado y cree que no puede ni debe proceder a su interrogatorio, por lo tanto, no voy a formular interrogatorio al fiscal general del Estado y lo voy a explicar muy brevemente. Las razones por las que entiendo que ese interrogatorio no puede llevarse a cabo son razones de índole procesal y de índole constitucional, que no pueden ser pasadas por alto en un interrogatorio de nada menos que del fiscal general del Estado. Son razones que se hunden en una conocidísima doctrina sobre la prueba, nula y para su extensión y la extensión de sus efectos en otras fuentes de prueba para no extenderme demasiado, en la llamada conexión de antijuridicidad. Esta causa se inauguró con una diligencia de entrada y registro en el despacho del fiscal general del Estado y de la fiscal jefe de Madrid, diligencia, insólita, nunca antes acordada y supone cuestionar la actuación de un órgano constitucional como es la función vertebradora del Estado social y democrático de derecho. Diligencia que no fue notificada de su debida forma a la fiscalía con carácter previo a la fiscalía, pero que sí fue temporalmente tuvo temporalmente conocimiento de ella. La prensa en una causa, precisamente de revelación de secretos, esta diligencia fue protestada por la teniente fiscal y fue recurrida en apelación a alcanzar inmediatamente, dando, y aduciendo la inconstitucionalidad de dicha prueba por haber tenido una extensión, entre otras cosas desmesurada, por su nula proporcionalidad que creo que no puede ser corregida, ex post y que además no ha dejado, no ha sido dejar sin efecto dado que el material siga estando a merced del instructor. La presunta inconstitucionalidad de la prueba ocasiona que ni el fiscal general del Estado ni ningún otro fiscal imputado pueda ser objeto de interrogatorio sobre los hechos objeto de investigación para evitar que la desconexión temporal, entre la declaración y la diligencia, pueda contribuir a validar el material incautado por la misma prueba, en virtud de una actividad probatoria, vigente en un supuesto de una frustrada inconstitucionalidad. En segundo lugar, por lo tanto, creo que no se puede someter a interrogatorio a una persona hasta que se despejen las dudas existentes sobre la constitucionalidad de la prueba en la que se arranca esta investigación, y no se puede obligar al Ministerio Fiscal a interrogar a alguien para cuyo interrogatorio puede derivarse la validez o la validación de algunos extremos, de una prueba que es nula, y que, hasta que no sostenemos, que es nula, y hasta que no sea despejar estas dudas, no se puede hacer el interrogatorio sobre la causa. En segundo lugar, entendemos que los hechos, la causa, se circunscribe a unos hechos acaecidos entre las 10 y las 12 de la noche del día 13 de marzo de 2024, en concreto, a la difusión de un correo de 2 de febrero, enviado por el señor le era abogado del señor González Amador, a la fiscalía, al genéricamente Fiscalía de Delitos Económicos. En tercer lugar, el asunto al que viene referido esta causa, esto es el proceso penal subyacente derivado de las irregularidades fiscales del ahora querellante acusación particular con anterioridad a esta franja horaria era objeto de seguimiento masivo por los diversos medios de comunicación social. En cuarto lugar están a esta difusión Contribuyó la labor protagonista del ahora querellante señor González Amador y de su abogado de su pareja, y el jefe de prensa de su pareja, que teniendo a disposición de ciertos documentos de la causa penal Tuvieron un Cuántos tuvieron por conveniente, como obra acreditado documentalmente en las actuaciones, y así ha sido declarado por periodistas y por jefe de prensa. En cuarto lugar, en esta previa y masiva exclusión mediática, ya se hace referencia al contenido del poder, de 2 de febrero, o, lo que es lo mismo, a los ofrecimientos de negociación del señor querellante particular y dicho correo ha afirmado ser conocido por muchos periodistas con anterioridad a la franja horaria que es objeto de la presente causa, aportando pruebas que han tenido por pertinentes para acreditar que estos extremos. En quinto lugar, las conversaciones entre los abogados y fiscales en estos supuestos son usuales pues así lo ha decidido el legislador penal, que impone sustanciales rebajas en caso de que tengan, se lleguen a conformidades y se abonen las cantidades defraudadas. Por ello, la existencia de conversaciones preliminares en este tipo de delito carecen de escaso valor y hace que nunca casi nunca tengan acceso a la previa. En sexto lugar, el querellante y su defensa decidieron con antelación a la susodicha franja horaria, ofrecer un relato sobre los hechos para desprestigiar la actuación del Ministerio Fiscal, para que se valieron de una interpretación sesgada de un correo remitido para el Fiscal que tuvieron en su poder y tuvieron a bien publicitar y una falsa afirmación de una pretendida orden de aportar las negociaciones que había partido del fiscal general del Estado que pretendía esa causa pues pretendía sacar de todo el juego mediático político a la situación. Información falsa que se dejó dijo deducir por el jefe de prensa de su experiencia y que aparece contradicha por la propia prueba aportada por él y que supone una actuación ajena a la actuación de legalidad e imparcialidad que debe presidir la actuación del ministerio fiscal, y era contraria a su actuación usual en los supuestos de delito fiscal, lo que determinó que por la propia fiscal jefe la Comunidad de Madrid. alertara al fiscal general del Estado e impulsara el desmentido de esta información que había partido de la defensa del señor González. En octavo lugar el documentos relevante revelado es inane, desde el punto de vista jurídico, por la naturaleza del delito de que se trata y no afecta para nada ni a las posibilidades hasta procesal de las partes ni de la defensa ni de la fiscalía. En noveno lugar, el documento del que se trata y por ello estamos reunidos en esta causa, ha tenido eso sí una enorme importancia mediática que ha venido derivada en exclusividad de la actividad desplegada por el señor González Amador, que para colocar el foco en las negociaciones entre las partes a la que ha sido por completo ajena, la fiscalía, que ha sido víctima de este montaje, en suma, para investigar, investigar la filtración de un documento inane, se ha allanado posiblemente imprudentemente y completamente de forma desproporcionada la sede de la fiscalía y este registro es para nosotros y ello debe aclararse. Por lo tanto, no vamos a someter a interrogatorio al fiscal general.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: Vamos a pasar entonces al interrogatorio, así que su letrado tiene la palabra.
-Abogado del Estado de FGE: Con la venia del Excelentísimo Magistrado instructor excelentísimo señor fiscal general del Estado, le voy a hacer en primer lugar una serie de preguntas generales. Primero facilitó divulgó, reveló la denuncia, el expediente tributario o cualquiera de los correos objeto de esta causa que afectan al señor Alberto González Amador directa o indirectamente a cualquier medio de comunicación o profesional de la comunicación?
-Álvaro García Ortiz: Rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: a cualquier persona vinculada a la Presidencia del Gobierno o al Gobierno de España?
-Álvaro García Ortiz: Rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, dio usted alguna instrucción en tal sentido directa o indirectamente a cualquier persona para que facilitara divulgara o revelara la denuncia al expediente tributario o cualquiera de los correos?
-Alvaro García Ortiz: No, rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: Y en particular dio alguna instrucción a alguno de los otros investigados. ¿Al señor Villafañe y a la señora Pilar Rodríguez?
-Alvaro García Ortiz: No, no, rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: ¿A cualquier persona de Fiscalía General del Estado o de cualquier otra fiscalía?
-Alvaro García Ortiz: No, rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: ¿Tiene constancia de que se produjera la filtración desde la Fiscalía General del Estado o desde la Fiscalía Provincial de Madrid?
-Álvaro García Ortiz: No tengo ninguna constancia.
-Abogado del Estado de FGE: ¿Ha intentado perjudicar al señor Alberto González Amador por ser la pareja sentimental de la presidenta de la Comunidad de Madrid?
-Álvaro García Ortiz: En absoluto. El señor Amador es un ciudadano con todos, con la plenitud de sus derechos legales y constitucionales.
-Abogado del Estado de FGE: ¿Ha intentado obstaculizar las negociaciones de conformidad del abogado el señor Alberto Gonzalez Amador con la Fiscalía de Delitos Económicos?
-Álvaro García Ortiz: Por supuesto que no, es más, estoy abstenido de esa causa, porque es evidente la situación de querellante y querellado que tenemos en el Tribunal Supremo. No, no he visto. No veo nada de lo que ocurre en esa causa.
-Abogado del Estado de FGE: Bien contestadas estas preguntas generales, le voy a hacer una serie de preguntas en orden cronológico. En primer lugar, ¿cuándo tuvo conocimiento de la existencia de un procedimiento judicial contra el señor Alberto González Amador?
-Alvaro García Ortiz: No me cuesta mucho poner en el tiempo, aunque ha pasado bastante, el momento en que lo conozco porque es el día 7 de marzo, justo antes de entrar en un Consejo Fiscal. Habíamos tenido Consejo Fiscal los días 6 y 7 y a la entrada del segundo día la directora de comunicación de la Fiscalía General del Estado, Mar Hedo, acude a mi despacho, como suele hacer, para darme cuenta y me comenta que ha recibido, recibieron el día anterior una llamada de un periodista en la que le ponía su conocimiento o le preguntaba, o, mejor dicho, si había algo de una empresa que se llamaba Maxwell Cremona relacionado con la presidenta de la Comunidad de Madrid, y creo que mencionaba también el nombre de Alberto González. Ella me cuenta que trastea con esta información y cuenta que la pareja de la presidenta efectivamente se llama Alberto González Amador, y me lo traslada para que tenga conocimiento de la existencia, si hay o no hay algo en fiscalía.
-Abogado del Estado de FGE: Como consecuencia de ese conocimiento, ¿usted qué decisión adopta o qué instrucciones da?
-Álvaro García Ortiz: Cuando voy a entrar en el Consejo Fiscal, esto es bastante rápido, estoy a punto de sentarme en el consejo, me acuerdo de la información que me ha transmitido la jefa de comunicación, y lo que hago es llamar a Diego Villafañe, al teniente fiscal de la secretaría técnica para que se interese por esta información que nos ha dado la directora de comunicación. Lo que hago es activar un mecanismo de la Fiscalía General que llamamos el artículo 25.
-Abogado del Estado de FGE: Muy bien, entonces usted adopta esa iniciativa fundamentada en este artículo 25, entra en el Consejo Fiscal y ¿cuándo tiene el resultado de esa dación de cuentas o del cumplimiento de esa dación de cuentas?
-Álvaro García Ortiz: El Consejo Fiscal es largo. Puedo decir las horas con esa actitud, porque he visto el acta de ese consejo empieza a las 9 y media aproximadamente y acaba a las 3 y cuarto. Yo tengo mucha prisa porque posteriormente a las 4 hay la firma de un convenio en favor de los niños autistas justo en la Fiscalía general a las 4. Me comenta que, efectivamente, hay una denuncia en la Fiscalía Provincial que también había habido una llamada de periodistas a la Fiscalía provincial, haciendo preguntas parecidas o similares a las que le habían hecho a la directora de comunicación y que se trata de 2 delitos fiscales que, efectivamente la pareja de la presidenta de la Comunidad es la persona denunciada por la fiscalía, que hemos presentado denuncia y que está en el decanato, es un flash prácticamente lo que me da. No me da una información excesivamente somera, activa o se ha activado en ese momento, como he dicho, lo que nosotros llamamos el artículo 25. El artículo 25 del Estatuto Orgánico es quizá la clave del funcionamiento de una institución jerarquizada y estructurada como es el Ministerio Fiscal. El artículo 25 en diligencias de investigación tiene, además del desarrollo estatutario, tiene un desarrollo normativo en nuestra propia normativa vinculante, y en este caso de una manera más concreta, porque la circular 2/2022 de la actividad extraprocesal del ministerio fiscal, está publicada en el Boletín Oficial del Estado en fecha 2 de enero de 2023. Establece precisamente cómo se articula el artículo 25, dentro de las propias diligencias de investigación, el artículo 25 no es una cuestión baladí como digo, sino que comporta la conformación de expedientes gubernativos, a través de los cuales se traduce o se formaliza las informaciones que se dan al fiscal general del Estado, pero no solo al fiscal general del Estado del artículo 25, es una dación de cuentas, así las llamamos, que se produce de abajo arriba. Cuando un fiscal ve algún hecho relevante, o que pueda tener trascendencia mediática o que deba ser puesto en conocimiento de sus, de sus jefes, cualquiera que sea el grado de jefatura, debe trasladarlo y formalmente, dar cuenta a su jefe respectivo, así en una pirámide, en su caso, hasta llegar al fiscal general del Estado y en sentido inverso, cuando un jefe o en su caso, el fiscal general del Estado, alerte o se interese por algún procedimiento, Se activa el artículo 25 para dar esta dación de cuenta. Son numerosos los artículos 25 que hay en la fiscalía española. Por dar un dato, En el año 2023, 2024 Perdón, han sido 305 daciones de cuentas Las que ha gestionado la secretaría técnica, que en virtud de la circular 2/2022 es el órgano de la fiscalía encargado de gestionar estos artículos 25 dentro del reparto de papeles en la secretaría técnica, evidentemente a su jefa, a la fiscal de sala, jefa de la secretaría técnica le corresponden las facultades de coordinación, dirección y representación de la propia secretaría técnica y dentro del reparto de asuntos dentro del reparto de roles, dentro de la fiscalía, el segundo de la secretaría técnica le corresponde la ejecución, la gestión de los artículos 25 de una manera directa, en contacto directo con cada 1 de los jefes de las jefaturas en las distintas jefaturas, excepto con aquellos que despachan directamente con el fiscal general del Estado, que básicamente es la teniente fiscal del Supremo, el fiscal Anticorrupción, el fiscal de la Audiencia Nacional y en ocasiones la Fiscalía Antidroga. En estos supuestos se formaliza, como digo, un expediente tal es El volumen de trabajo que le doy el dato, que puede ser relevante, que el señor Villazán y en su calidad de Teniente, ha llevado el año 2024 205 expedientes del artículo 25 y – como digo, se formaliza, no es una dación de cuentas informal, sino que se formaliza a través de expedientes gubernativos, por lo tanto, y pongo a disposición del Magistrado Instructor si así lo desea, la existencia de un expediente gubernativo del artículo 25 en la Fiscalía Provincial de Madrid. Otro en la Fiscalía Superior y por supuesto, otro en la secretaría técnica del fiscal general del Estado. No quiere decir cuando el teniente fiscal o la jefa de la secretaría técnica se dirigen a un jefe, cualquiera que sea este grado de jefatura que se dirijan por su propio nombre. Ellos actúan por delegación del fiscal general del Estado. Luego, cuando cualquiera de ellos se pone en contacto y comunicación con UGT, lo hacen con este. Con este empoderamiento, de alguna manera, con con esa gestión que hacen de los mandatos del artículo 25.
-Abogado del Estado de FGE: bien, una vez que a la salida de ese Consejo Fiscal a usted le dan cuenta del resultado de esa esa dación de cuentas, le pregunto Se entre el día 7 de marzo y hasta el día 12 de marzo se produce alguna actuación Por su parte?, usted da alguna instrucción en relación con el asunto vinculado al señor Alberto González Amador.
-Álvaro García Ortiz: No, yo recibo una información más completa. Al día siguiente ya hemos tenido el Consejo Fiscal el día 8, el señor Villafañe el teniente fiscal de la secretaría técnica me informa de una manera un poco más prolijas, no, mucho más es una información verbal. Yo no veo la denuncia. En ese momento me informa que que ha entrado el decanato, que todas las cuestiones procesales están realizadas, me informa un poquito más. Bueno se trata de un algo no excesivamente complejo, es un delito fiscal con una falsedad, con lo que nosotros llamamos factureros, y como la fiscalía ha acogido la Fiscalía de Delitos Económicos, el expediente tributario haya formulado la denuncia y la ha presentado ante el Decanato de los Juzgados de Castilla como, como es bastante normal, desde la Fiscalía General no hay nada más que hacer procesalmente, está todo hecho, serán el siguiente hito procesal cuando se activa la necesidad o la obligación de que se informe cómo va ese asunto y lo que queda de alguna manera es la gestión informativa, la gestión mediática de lo que puede ser este artículo 25, que no le corresponde a la fiscalía general, es un asunto de Madrid y generalmente corresponde a la Fiscalía de la comunidad autónoma, para entendernos a la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid.
-Abogado del Estado de FGE: Yo le quiero preguntar en ese momento entre los días 7 y 12 de marzo como consecuencia de esa dación de cuentas, ¿a usted le comunica la existencia de negociaciones, de conformidad o la existencia de correos electrónicos entre el señor Alberto González Amador y el fiscal del asunto?
-Alvaro García Ortiz: No, nadie me comunica absolutamente nada. Si quería decir, porque bueno, el transcurso de los hechos nos nos ha llevado, pero que a todos, a muchas reflexiones y ahora con el tiempo bueno, yo creo me doy cuenta que cometimos un error o desde la Fiscalía Superior se cometió un error. Quizá lo que teníamos que haber hecho es en ese momento, en el momento en que tuvimos conocimiento, que era una persona relevante y con trascendencia pública quien era denunciado por la fiscalía en ese momento tendríamos que haber dado una nota de prensa, una nota informativa de esa manera protegíamos también el ámbito de intimidad del señor Amador, puesto que una nota de prensa encapsula de alguna manera todos los datos que pueden figurar en una denuncia que no sea anonimizada. Esto lo hacemos normalmente las fiscalías. Esto normalmente lo hace la Fiscalía Superior, le pongo algún ejemplo de un delito fiscal, por ejemplo, y personas de relevancia me viene a la cabeza bueno en el supuesto de futbolistas, el caso de Ancelotti, en el que se puso ese día una nota de prensa por parte de la Fiscalía Superior, cuando se interpuso denuncia ante los juzgados, Xabi Alonso, fuera del ámbito del fútbol, por ejemplo, también el caso de Borja Thyssen, en todos por delitos fiscales, también incluso y puede ser relevante no solo la fiscalía interviene en estas notas de prensa, sino en el caso recuerdo en la Fiscalía Superior de Cataluña en el caso Masscherano, en el que la nota de prensa de la fiscalía se distribuye a través de la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, puesto que nuestra instrucción, la 3/2005 de relación del ministerio fiscal con los medios de comunicación, establece estos instrumentos y cooperación entre las oficinas de prensa de la fiscalía, de los tribunales superiores de justicia, allí donde no hay un jefe de prensa y los propios Tribunal Superior de Justicia y sus oficinas de prensa.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, ya nos ha dicho que entre el día 7 a 12 de marzo usted no da ninguna instrucción respecto de este asunto. Pero le quiero preguntar en particular por un WhatsApp que consta en las actuaciones el informe de la Unidad Central Operativa de 21 de noviembre del año 2024. Es un WhatsApp que usted recibe de la fiscal jefe provincial el 8 de marzo, con el siguiente contenido literal, “Hola jefe a tu disposición” Cierro comillas. ¿Puede recordar ese WhatsApp y puede contextualizar?
-Álvaro García Ortiz: A ver el hecho de que conteste a esta pregunta quiero dejarlo muy claro. No quiere decir que valide ni de alguna manera acepte el hecho de la entrada y registro ni en mi despacho ni la entrada de mis dispositivos ni en el caso de la de la fiscal jefe provincial, lo hago, a preguntas de mi abogado, para aclarar, para aclarar algún aspecto fundamental del asunto. No quiero que se entienda como una validación de aquello que entiendo que así ha sido invocado en los recursos, tiene, desde mi punto de vista una o goza de una de una nulidad es también muy fácil para mí poner el momento en el que se desarrolla y por qué se hace ese whatsapp. Es bastante sencillo. Hemos celebrado un Consejo Fiscal los días, 6 y 7, en ese Consejo Fiscal ha sido renovada la fiscal jefe provincial. Después de 5 años de ejercicio, su plaza ha sido sometida a informe por parte de los consejeros y al finalizar el Consejo el fiscal general propone al Gobierno de la nación para que sea elevado al Consejo de Ministros las plazas de esas jefaturas. Fue un consejo, como digo, largo 14 nombramientos, entre ellos algunos muy relevantes como fiscal de sala, jefe de menores, algunos fiscales del Tribunal Supremo y coincidente también con la renovación de la fiscal jefe de Madrid. Yo, de una manera protocolaria, lo que suelo hacer una vez que ha terminado el Consejo al día siguiente es llamar a todas las personas a las que he propuesto y luego, como digo, de una forma protocolaria a través de mi secretaría, porque generalmente nos comunicamos a través de las secretarías de nuestras propias oficinas, llamó a cada 1 de los jefes que han sido nombrados o van a ser renovados así lo hago con hasta 10 compañeros de la carrera fiscal que han sido propuestos o renovados, y así lo hago también con la fiscal jefe de Madrid. No está en su oficina a través de mi secretaría me dicen que no está bien, que me manda wasaps diciendo a tu disposición. Recuerdo que después la llamó comentamos además, cómo había sido el informe del Consejo Fiscal para ella en el que de una manera bastante positiva por unanimidad de los miembros del Consejo Fiscal, había informado a favor de su plazo y habían destacado además el buen hacer de este excelente profesional, que es la fiscal jefe provincial de Madrid. En esos términos se desarrolla la conversación y en esos términos explica el WhatsApp que acaba de referir.
-Abogado del Estado de FGE: Bien entonces este WhatsApp tiene algún tipo de relación con el asunto del señor Alberto González Amador?
-Alvaro García Ortiz: En absoluto, en absoluto. No podemos contextualizar un WhatsApp en relación a unos hechos, cuando desconocemos el funcionamiento regular de una institución como es la Fiscalía general y como es la Fiscalía Provincial de Madrid, la que hay cientos, miles de asuntos que cada día se tratan.
-Abogado del Estado de FGE: Voy a saltar ya al día 12 de marzo. El día 12 de marzo del año 2024, a las 6 de la mañana se publica en el diario.es una noticia relacionada con el señor Alberto González Amador. Como consecuencia de la publicación de esa noticia ¿usted hizo alguna gestión? ¿Impartió alguna alguna orden en relación con este asunto?
-Álvaro García Ortiz: Yo conozco en la publicación en ElDiario.es de la denuncia lo que ellos llaman la exclusiva de la denuncia, a través de la información que todos los días la directora de prensa, la directora de comunicación de la fiscalía, nos manda a los órganos centrales aproximadamente a las 8 de la mañana, y cuando llegó la fiscalía evidentemente es un tema importante. Es un tema que está en los medios de comunicación y ha sido objeto y es objeto de una de ser observado mediáticamente de una manera bastante importante. No recibo ninguna información más. El asunto sigue estando dentro del ámbito de la Fiscalía Superior, de la Fiscalía de la Comunidad de Madrid y, bueno, aparte de los posibles comentarios y ver que, efectivamente era un asunto trascendente e importante con relevancia, no hay ninguna actuación más al respecto. La fiscal superior no me llama el día 12, no tengo ningún contacto con ella.
-Abogado del Estado de FGE: en concreto, le quería preguntar si la señora fiscal superior, la señora Lastra, le informa sobre la existencia o de que había tenido lugar una reunión el mismo día 12 en la que se había, se habían realizado comentarios en torno a la posible existencia de unas negociaciones de conformidad y la existencia de Correos. ¿Le informó la señora Lastra sobre esa reunión y sobre el contenido de la misma?
-Alvaro García Ortiz: No, en absoluto, como digo, el día 12 no habló con la señora Lastra de haber existido esa reunión, de haber existido esa reunión tanto la fiscal provincial que tenía activado un expediente de dación de cuenta del artículo 25, un expediente formal como la fiscal superior, que asimismo tenía archivado por la vía jerárquica un expediente de dación de cuenta del artículo 25 hubieran tenido que darme cuenta de los datos relevantes a un hecho notorio que estaba ocurriendo y del que se había interesado el fiscal general del Estado.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, le quiero ahora preguntar por un WhatsApp que también consta en el informe de la Unidad Central Operativa de 21 de noviembre del año 2024. Es un WhatsApp de 12 de marzo, que usted envía a la una y 28 de la tarde, a la señora fiscal provincial y que, por el cual usted le rebota una noticia. ¿Recuerda ese WhatsApp y puede construir contextualizar?
-Álvaro García Ortiz: Sí, recuerdo el whatsapp es un una información que viene de la más alta institución de la Comunidad de Madrid en la que se dice: La jefa provincial de Madrid ha sido directora general desde el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, yo se lo reenvío. Se lo reenvío a la jefa provincial y después tengo una conversación con ellas. Después hablamos por teléfono. Bueno, me parece que relacionar la polémica de la denuncia con el hecho de la polémica generada con el hecho de que doña Pilar Rodríguez haya asumido responsabilidades públicas en etapas anteriores en legislaturas anteriores me parece que es bueno de alguna manera intentar cuestionar la profesionalidad y el recto hacer no sólo de Pilar Rodríguez, que, como todos sabemos en este momento nadie conocía que Alberto González Amador fuera la pareja de la presidenta de la Comunidad. Nadie lo conocía. Hasta que saltan las alarmas periodísticas.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, quiero ahora asaltar el día 13 de marzo del año 2024. Quiero que me indique si recuerda la existencia de informaciones periodísticas a lo largo del día 13 de marzo la existencia de informaciones de interés en relación con la causa vinculada al señor Alberto González Amador.
-Álvaro García Ortiz: El día 13 fue un día mediáticamente en el que la denuncia, la actuación de los periodistas, los hechos relativos a la denuncia estaban en todos los medios de comunicación, en todas las tertulias, en todo el universo mediático que nos rodea. Yo recibo de manera vamos a decirlo así puntual y oficial, Una, una noticia, una alerta de que el jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, alrededor de las 7 media de la tarde, a 7 media de la tarde ha mandado un whatsapp a determinados periodistas, de manera individual en los que de manera casi literal me lo han dicho verbalmente y creo que es así que decía. “La fiscalía ofrece un pacto a la pareja de la presidenta de la comunidad y después lo retira por órdenes de arriba”. Esta información me llega a través de una llamada que me hace La fiscal superior que me hace Almudena lastra alrededor de las 8 de la tarde más o menos a mi domicilio, a mi teléfono particular, debo decir que es la primera vez que la fiscal superior me llama a esas horas que soy fiscal general del Estado a mi domicilio, luego lo interpreto como una llamada de atención grave. Si tú recibes en tu teléfono esa llamada es porque algo está pasando y me alerta de la existencia de este mensaje, de quién procede este mensaje, y también me dice que un medio de comunicación, que un periodista, José Manuel Romero va a publicar esta noticia. Hablamos brevemente en este caso sobre el asunto y después contacto, no sé si la llamo yo o me llamó ella con mi directora de comunicación con con Mar Hedo. Lo recuerdo perfectamente, porque no sé si ese día yo cuando descolgamos el teléfono, nos decimos. “Ya sé porque me están llamando”, y es que efectivamente, tanto ella Mar Hedo, como el director o jefe de gabinete, jefe de prensa, perdón, de la Fiscalía Superior Íñigo Corral estaban recibiendo la misma información que en tiempo real, había recibido la fiscal superior en sus contactos que tienen habitualmente con los periodistas. Ellos tratan con periodistas durante todo el tiempo Mar Hedo e Íñigo Corral, lo son, tienen una buena relación profesional, es decir, se complementan en sus informaciones y colaboran y los dos transmiten esa misma información que parece bastante alarmante, a partir de ahí mi directora de comunicación Lo que me dice es Bueno, tenemos que estar alerta, tenemos que estar alerta, porque si la fuente es tan importante seguramente esto salte a los medios en cualquier momento.
-Abogado del Estado de FGE: bien, y entonces lo siguiente que ocurre con la publicación en el diario El Mundo a las veintiuna 29 de una noticia? ¿Me puede explicar cómo tiene conocimiento de la misma, que decía la noticia?
-Alvaro García Ortiz: Si estábamos alerta, como digo, y recibe una llamada de de Mar Hedo en la que me dice. Ya está. Esta es una noticia que publica el diario El Mundo exactamente a las 21.29, recibido lo leer un poquito más tarde, pero la noticia es y quiero subrayarlo, importante, relevante por varios motivos. En primer lugar, encabeza un titular, algo parecido a “la fiscalía ofrece a la pareja de Ayuso un pacto” y después dice. “Lanzó el pacto 2 horas después de haber sido notificado por la denuncia”. Ese es el titular y después en el cuerpo aparecen para mí 3 informaciones muy relevantes. 3. La primera. Hay un entrecomillado de un mail de un fiscal. Me llama mucho la atención, no solo hay un entrecomillado, sino que también hay el nombre del fiscal, y además del nombre del fiscal está la fecha del correo que manda este fiscal. Todo eso en una noticia en un periódico, es la primera vez que yo tengo conocimiento de que hay un cruce de correos entre la fiscalía entre el fiscal y el y el investigado en este caso, entre entre el abogado al menos del señor González Amador. En ese momento también observo cómo el cuerpo del de la noticia da otro dato importante, habla, “lanzó la propuesta” y describe una propuesta, propuesta a la que ha tenido acceso este medio, y la propuesta está escrita no en términos generales sino hace una mención a 2 delitos fiscales, a una pena, a imponer de multa y a una suspensión de la condena privativa de libertad. Es un hecho, es un dato, no es una elucubración del medio y, en tercer lugar también me llama la atención que da muchos datos da datos de compañías que están en México. Me parece y en, Brasil da datos de una regularización contable. Luego, situó ese, esa información como una información verosímil. Porque es una información trabajada, es una información que tiene todos los visos de poder ser verdad, pero a mí me parece extravagante, por supuesto, la relaciono con el WhatsApp de MiguelÁngel Rodríguez, que ha ocurrido, que ha ocurrido anteriormente, y es absolutamente extravagante, que en ese momento procesal un fiscal ofrezca un pacto a ningún investigado antes de formular una denuncia. Yo realmente no lo he visto nunca, y así me lo parece.
-Abogado del Estado de FGE: como consecuencia de la lectura de esa denuncia y de lo que nos ha explicado antes respecto del despacho del señor Miguel Ángel Rodríguez, usted qué decisión adopta y que decide?
-Bueno, con junto con mi directora de comunicación, lo primero que tenemos que ver es qué hacemos, qué hacemos en la señora Lastra Estaba muy alarmada, una hora antes aproximadamente, ya decía que seguramente tuviéramos que salir a contestar, pero lo que yo hago es ver qué pasa, ver que hay la primera noticia que tengo de unos correos Yo necesito esos correos para hacerme una idea de cuál es la situación, y lo primero que hago es llamar a la fiscal jefe provincial de manera directa para pedirle que recabe esos correos, porque necesito verlos hay un correo en el mundo que puede llevar a una información equívoca, equivoca, porque me parece extravagante, y hay una Hay un mensaje antes que empieza a introducir porque ya hay una tensión informativa sobre todo esto y ya va habiendo dentro de los medios de comunicación y ya va habiendo un unas situaciones encontradas entre qué es lo que ha pasado y qué es lo que no ha pasado.
-Abogado del Estado de FGE: después de la conversación con la señora Pilar Rodríguez. Usted tiene una conversación con la señora fiscal superior, eso.
-Álvaro García Ortiz: sí inmediatamente, después de llamar a la fiscal jefa, llamó a la señora Lastra. Le cuento que he pedido los correos, tenemos una conversación en que los 2 coincidimos Coincidimos plenamente en que hay que salir a atajar las mentiras que puedan salir. Ella me asegura que el comportamiento tanto de la decana de económicos como del fiscal encargado del caso que ella tiene constancia es un comportamiento profesional, es un comportamiento creo que usa la palabra impecable incluso para para describirlo y que hay que que tenemos que hacer algo que incluso ella llega a decir que bueno, podría ser procedente, incluso dar una rueda de prensa al día siguiente a las 12, antes de que entren los informativos o dar una nota informativa, cuestión en la que estamos absolutamente de acuerdo, que hay que salir atajar estas mentiras.
-Abogado del Estado de FGE: ¿Convienen entonces en elaborar una nota de prensa?
-Álvaro García Ortiz: Si la idea de la nota de prensa, como digo es una idea común, no es una idea que parta de 1 o de otro, pero siendo ello fiscal general del Estado evidentemente queriendo hacer una nota de prensa la nota de prensa hay que hacerla.
-Abogado del Estado de FGE: Le quiero preguntar por qué considero necesario obtener la totalidad de la información o de los correos electrónicos.
-Bueno, en primer lugar, si tú vas a hacer una nota de prensa y hay un medio tan importante como el mundo que ha entrecomillado los correos un fiscal no no puedes elaborar ningún documento que vaya a salir a la opinión pública de oídas o de referencia, necesitas contrarrestar la información. Con todo lo que ha ocurrido a mí me parecía y lo tengo que decir aquí extraño, no conocía esa mecánica de trabajo de cruzarse correos entre entre fiscales y abogados, no lo había visto en mi ámbito de trabajo y necesitaba absolutamente toda la información. Se daba también la condición de que un mes antes, en la Fiscalía general, habíamos tenido un problema muy importante, muy importante, un problema que había convulsionado a la propia fiscalía Con relación al llamado caso tsunami en el que precisamente el periódico El Mundo nos preguntó o Pregunto por la existencia de 2 borradores sobre un mismo dictamen. Yo negué tajantemente la existencia de los borradores. Yo pensaba que solamente había 1 el mundo sacó la existencia de un borrador que yo desconocía con entrecomillados esos entrecomillados. Nos nos daban vueltas en la cabeza porque necesitábamos absolutamente toda la información a la hora de componer cualquier elemento. Necesitamos saber qué había dicho el fiscal y en qué momento había dicho para que pudiera interpretarse de una manera o de otra.
-Abogado del Estado de FGE: Bien ya me ha comentado que usted da la orden de recibir la totalidad de los correos y le quiero preguntar. ¿Cómo fue el proceso de recepción de esos correos y se produjo de golpe si se produjo por partes? ¿Puede relatarlo?
-Álvaro García Ortiz: Sí, en realidad hay 2 envíos de correos son 3 envíos, pero podemos agruparlos en 2. El correo, de 2 de febrero, el correo que le envía el abogado, el señor Neira, del señor González Amador, y en su representación, como se dice la propia letra del correo, es de 2 de febrero y en él se hace una expresión. Yo deseo llegar a una conformidad. Por supuesto, mi cliente era responsable de 2 delitos fiscales Está esa frase, pero lo que es más importante, hay un documento de 8 páginas, un documento un PDF de 8 páginas extraordinariamente importante en el que se desglosa toda los hechos a modo de un escrito de acusación en el que los hechos se desglosan. Todas las cantidades, la liquidación, la liquidación tributaria, las regularizaciones de Hacienda, hay contabilidad, hay empresas, hay cantidades después se pone la autoría, la participación, la responsabilidad civil, la pena a imponer incluso la suspensión de condena es un documento prolijo porque es el germen o intenta ser el germen de una conformidad. Esta es la primera parte de los correos que recibimos.
-Abogado del Estado de FGE: y con permiso, señor fiscal, permítame que le interrumpa y quiero preguntarle cuándo se recibió esa primera tanda de correos y en particular a través de correo electrónico se recibieron esos esos correos electrónicos.
-Álvaro García Ortiz: Si se reciben el primero el de 2 de febrero a las 21 59, mirando exactamente cómo, como se ha recibido, y a las 22 01, dos Correos que podemos casi despreciar porque no son relevantes para la causa de 12 de febrero en el que se establece la comunicación directa entre ambos fiscales. Hay que decir y me parece también importante que el correo que el señor Leira, Neira, manda, va dirigido en primer lugar a la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid, Fiscalía de Delitos Económicos.org @madrid.org, quiero decir a un correo genérico de la Fiscalía de Delitos Económicos, y también a la al correo de la decana de delitos económicos. Tiene 2 destinatarios, un destinatario genérico y un destinatario específico. Lo recibo porque así me lo solicita la fiscal jefe provincial, me dice que a qué correo me manda los los correos, que ya ha recabado, a su vez, de tanto la decana como el fiscal encargado del caso, y le digo, le doy mi dirección particular, de gmail, y no tiene absolutamente ninguna particularidad que se pida a través de un correo privado o que se mande y se hable por WhatsApp en las acciones de cuenta en los momentos en los que el fiscal general requiere una información, la dación de cuenta, se formalizará después en expedientes gubernativos, o se le dará el trámite que sea, pero cuando se requiere una información inmediata y directa por parte del fiscal general del Estado, se cumplimenta lo que él se establece, por WhatsAPP a voces, en un pasillo a través de un policía. En la fiscalía española se reciben a horas intempestivas muchas informaciones prisiones entradas y registros situaciones límite que se producen en cualquier momento Yo, como fiscal general, puedo estar en cualquier sitio del país realizando cualquier actuación, a mí se me informa de la manera que yo estimo más oportuna que me diera la información. Si no uso el correo corporativo, que se que es una cuestión que sé que ha sido debatida, es por una cuestión de simple utilidad y correo corporativo, como el de cualquiera que maneja el fiscal punto es tiene un pequeño retardo, y se maneja peor desde los dispositivos móviles. Para mí es más operativo, mucho más operativo, usando Gmail, y esa es la única razón, como digo, usar el WhatsApp o el Gmail en las comunicaciones del artículo 25, es normal en la fiscalía española sin perjuicio de después documentarlo incluso hay una instrucción de la propia fiscalía de Madrid, que expresamente habilita o establece la posibilidad del uso del WhatsApp o de otros medios de comunicación para dar cuenta por el artículo 25.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, una vez que recibe parcialmente los correos a las veintiuna 59, usted entiende que se pone a leerlos. ¿Qué ocurre después?
-Álvaro García Ortiz: Yo leo los correos especialmente el día 2, el correo del día 2. Como digo, es un correo, bueno, interesante. En cuanto a la parte de lo que es el correo mismo, sino del documento, el documento, pues yo tardo en leerlo. Efectivamente, cuando todavía estoy leyendo ese correo me informa la jefa de gabinete, perdón, la jefa de prensa de comunicación de la Fiscalía general que hay un medio, la sexta, a las 22, 10. Esto lo he comprobado después evidentemente que contrapone su información a la información del mundo. Dice que la información del mundo no es cierta y dice que el pacto parte de la defensa del señor Neira y no del fiscal, a las 22 10, yo todavía estoy leyendo ese correo después he leído también las claras las declaraciones del periodista que sostiene esta información que dice que tenía los 2 correos delante. Sin embargo, yo delante de mí solamente tenía un correo, el de 2 de febrero no tenía el correo que el mundo que el mundo había entrecomillado y hasta que no tuviera el correo que el mundo ha entrecomillado yo no sabía que no podría saber era imposible, que es lo que había hecho ese fiscal. Yo no sé si al final de las conversaciones, desde febrero hasta el 12 de marzo, el fiscal, efectivamente le había propuesto un pacto a alguien había tenido otra actuación procesal. Me habían dicho que no pensaba que no, pero si además íbamos a hacer una nota de prensa era imprescindible que yo tuviera la absoluta seguridad. El caso es un año y todavía estaba pendiente de nuestras cabezas, que qué había hecho el fiscal exactamente en qué términos se había llegado a la literalidad del correo para nosotros era absolutamente fundamental.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, entonces, a pesar de no tener ese correo de 12 de marzo o no tenerlo en su poder, se sucede, aumenta la presión informativa. Recuerda a otros elementos importantes que estaban ocurriendo en esos momentos?
-Álvaro García Ortiz: Sí lo recuerdo, porque las conversaciones con con la directora de comunicación la presión va subiendo tanto a Íñigo como a ella le llaman, de toda la prensa y luego hay 2 hitos que me parecen también muy relevantes, y hay que tener en cuenta en esta información aproximadamente a las 10 media Poquito después de la información de la sexta nos llega a través de estos gabinetes de comunicación. La noticia de que el jefe de gabinete de la presidenta de Madrid ha mandado un WhatsApp a 2 listas de distribución, un WhatsApp en el que dice. “La fiscalía ofrece un pacto a la pareja de la presidenta de la comunidad y después lo retira por órdenes de arriba”, algo así como creo que finaliza “todo sucio” o algo parecido. Eso es una primera alerta, ojo, que se está distribuyendo entre los periodistas esta información, información, evidentemente falsa. No hay ninguna duda de que desde arriba, es decir, desde la Fiscalía general se interpreta que desde arriba es mi persona es el fiscal general. Ha lanzado ninguna información relativa a que se hayan dado ningún tipo de órdenes, eso es una insidia absolutamente pero continúa, es decir, ya de una manera pública no esté WhatsApp que se lanza a 2 listas de difusión, sino mediante un tuit público, un cuarto de hora después de ser alrededor de las 11 menos cuarto es cuando también el jefe de gabinete de la presidenta de Madrid dice hace público un tweet que dice algo así como resumen de la lectura de hoy. “La fiscalía ofrece un pacto y después lo lo retira por órdenes de arriba” se me olvidaba comentar y es tan importante como lo que estoy diciendo ahora, que en el WhatsApp que lanza a esa lista Distribución de muchos periodistas de este país acompaña el cuerpo del correo de 12 de marzo, que el fiscal Julián Salto le manda al abogado Neira, reproduce expresamente el correo que el 12 de marzo demanda al Abogado Neira luego podemos entender que se están poniendo sobre la mesa, se está poniendo en el campo de la comunicación pública, informaciones sensibles e informaciones que no corresponden a la verdad, en absoluto de todo lo que está ocurriendo. -Abogado del Estado de FGE: esos whatsapps esos tuits de Miguel Ángel Rodríguez tienen reflejo en la prensa. ¿Recuerdas algún digital que se hiciera eco de dichas informaciones?
-Álvaro García Ortiz: Si además de lo que nos llega a través del gabinete de comunicación creo que son 2 digitales, Libertad Digital y VOX populi, que copian de alguna manera el WhatsApp y el tuit y dicen claramente “la fiscalía, ha ofrecido un pacto y lo retira por órdenes de arriba” Ambos medios de comunicación reproducen lo que el jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid ha introducido – digámoslo ya en el – en el mundo mediático, pero también ocurre otro hecho para mí muy relevante del que soy informado a las 11 20, 11 25 en la Cadena Ser. En la hora 25 un periodista interviene en el programa y desmiente la información del mundo, lo desmienten de manera categórica que tienen que darse cuenta, tiene que darse cuenta al Magistrado Instructor que yo en ese momento todavía no me he hecho una cabal idea de lo que está pasando, porque sigo sin tener el correo del día 12, sigo sin saber exactamente qué es lo que ha hecho el fiscal con ese correo y evidentemente, bueno, pues pido ese correo, pido a quien se lo tengo que pedir, que es a la fiscal jefe provincial, porque falta un correo. Es cierto que me equivoco en una de las fechas, pienso que Identificó el correo con la fecha de notificación y de entrada en Decanato y pido el correo del día 5, que es inexistente. Rectifico. Pido el del 12 al final con los avatares propios de los momentos y de las horas en que se está produciendo. La jefa provincial me envía el correo el día 12 aproximadamente a las 12 menos cuarto de la noche. Es en ese momento, en ese momento donde veo, si los entrecomillados de El Mundo y el correo completo que ha enviado el fiscal Julián salto que ya ha sido difundido de manera extraordinaria encima de mi dispositivo.
-Abogado del Estado de FGE: Mientras el examen ya definitivamente a las 12 menos cuarto de la noche de la totalidad de la información, ¿a qué conclusión llega usted y que considera necesario hacer después?
-Álvaro García Ortiz: Bueno, ya tengo todos los datos. Evidentemente, lo que hay que hacer es desmentir una cadena de informaciones falsas que llevaban a pensar que la fiscalía, y especialmente los fiscales al fiscal provincial y el fiscal encargado del caso habían tenido un comportamiento no profesional o irregular en este caso cuando su actuación había sido absolutamente impecable, impecable y transparentes y tomo la decisión de que la nota de prensa que ya vamos desarrollando de alguna manera ya vamos llenando la de los datos que se tienen en ese momento. Lo que debía reflejar es un iter cronológico de todo lo que había hecho la fiscalía, un iter cronológico indispensable para que se viera que la actuación de la fiscalía correspondía a criterios estrictamente profesionales. La denuncia entra en este momento. Se abrió unas diligencias de investigación, se finalizan, se manda a decanato la denuncia que contiene Esto y los correos, los correos reflejan que no es cierto lo que se está difundiendo por ahí que no es cierto lo que se está difundiendo por ahí.
-Abogado del Estado de FGE: Yo le quiero preguntar, ¿recuerda o tiene o adoptó esa decisión de elaborar la nota de prensa en virtud de una habilitación legal expresa?
-Álvaro García Ortiz: No, yo no necesito una habilitación legal expresa para interesar que se haga una nota de prensa, en absoluto soy el fiscal general del Estado.
-Abogado del Estado de FGE: Bien le quiero preguntarle la elaboración de esa nota de prensa, cómo se produjo a través de quién se produjo.
-Álvaro García Ortiz: La nota de prensa se confecciona a través de la directora de comunicación. Yo le voy proporcionando los datos. Le digo lo que quiero. Creo que hay un consenso en lo que había que hacer al propio fiscal encargado del caso Julián Salto también lo ha dicho una exposición cronológica de datos y de hechos es lo más certero a la hora de transmitir información y que iban confeccionando esa esa nota de prensa.
-Abogado del Estado de FGE: Le pregunto ¿Usted hablaba con ella por teléfono, le llegó a suministrar los la información los correos electrónicos en bruto?
-Alvaro García Ortiz: No, no, yo le daba los datos necesarios, ya teníamos conceptuada la, la, la nota ya sabíamos qué hitos habría que poner. Yo le iba proporcionando los datos.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, le quiero preguntar sobre el criterio que obtuvo usted para valorar qué datos se incluían en la nota de prensa y qué datos no deberían incluirse. En la nota de prensa. ¿Recuerda qué criterio adoptó?
-Álvaro García Ortiz: Sí perfectamente a la hora de elaborar ese tipo de información. Es lo que es, reflejar, como digo, el comportamiento profesional de la fiscalía, los hitos procesales que se han venido produciendo, pero había una circunstancia diferente En este caso se había transmitido un correo de un fiscal cosa que desde el punto de vista del fiscal general era bastante alarmante. Un correo de un fiscal había sido revelado a la prensa por un abogado o el entorno de un abogado. Me parece una circunstancia, bueno, al menos relevante inaudita desde mi punto de vista, y ese correo del fiscal se ha revelado con entrecomillados y de ese correo del fiscal se han extraído unas consecuencias que no son ciertas. Se está extrayendo una mentira. El fiscal nunca nunca ofreció un pacto de primeras al investigado. Eso no era cierto. Se estaba dando una información falsa y la única manera, a mi juicio, de destruir esa falsa información, era dar una información relevante que contenía el correo el correo del día 2 de febrero, en el que, efectivamente, se desmentía categóricamente darles información un entrecomillado de las intenciones del fiscal y las intenciones del abogado, valoré, valore, perdonen, las 2 circunstancias y en esa ponderación sí que tome una decisión no iba a hacer uso del documento de 8 páginas en el que se se detallaba toda toda la contabilidad, datos que sí pueden ser sensibles, datos que sí pueden tener relevancia dentro del aspecto de la actividad o del, o del tráfico mercantil de la propia empresa. Esos datos para mí para mí no era necesario revelarlos. Por eso, el documento de 8 páginas del pdf de 8 páginas de ese documento no tuvo conocimiento la opinión pública. Después hubo una filtración cuando se trasladó a la Junta de Fiscales de Sala ese documento para que tomaran criterios sobre este asunto. Ese es el momento en que ese documento, digamos de alguna manera nace o se hace público.
-Abogado del Estado de FGE: Bien. Yo le quiero preguntar sobre si conoce y sabe si existe en el artículo 45 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal en relación con la elaboración de notas de prensa.
-Álvaro García Ortiz: Sí ,por supuesto, no solo es una posibilidad del Ministerio Fiscal dar información relevante a los ciudadanos, es una obligación estatutaria el dar información veraz. Nosotros somos el canal de comunicación de la información, de lo que ocurre en los juzgados y los tribunales, pero también de lo que ocurre en las fiscalías. La denuncia o lo que hace un fiscal es una cuestión patrimonial de la propia fiscalía y debe explicar la opinión pública y si hay una información que no es veraz, los ciudadanos y los periodistas tienen derecho a conocerlo de fuentes públicas, oficiales y directas, no me cabe ninguna duda.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, una vez que elabora esa nota de prensa que decide usted su contenido, qué decide usted Su difusión Hay y constan en la causa una serie de WhatsApp, en los que usted envía el borrador, parece ser un borrador de la nota de prensa a la fiscal provincial, y a la señora Virna Alonso, participaron ellas en el proceso de elaboración o tenían mando o decisión en la elaboración de la nota de prensa.
-Álvaro García Ortiz: Yo solo le manda la nota a la fiscal jefe provincial, que es con quien me estoy relacionando para que sea validada el término de validaciones, evidentemente es un iter cronológico es que las fechas estén bien, es que lo que se dice en la nota sea correcto, ellas tienen delante algunos. El expediente o algunos datos concretos, que son los que se reflejan, y deben validar, los manejamos a esas horas de información, un poco parca que es la que tenemos, y era preciso que quienes han encargado del asunto, digan si esos hitos cronológicos están bien o están mal.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, una vez que culmina el proceso de elaboración, de la nota de prensa obran en las actuaciones. En el informe de la Unidad Central Operativa de 21 de noviembre de 2024, unas conversaciones de WhatsApp que también mantiene usted con la señora Pilar Rodríguez madrugada del 13 al 14 de marzo, sobre los términos de las negociaciones de conformidad, recuerda esas conversaciones de WhatsApp y puede contextualizarlas.
-Álvaro García Ortiz: Sí, perfectamente. Yo no he trabajado nunca en la Fiscalía de Madrid y nunca he sido especialista en económicos. Desconozco los términos Cómo se relaciona la Fiscalía de Madrid con los letrados y en qué momento su momento se llega o se puede llegar a una conformidad, y lo que hago es preguntarle de manera natural a Pilar, como se hace a la jefa provincial, cómo se hacen esas negociaciones y, sobre todo, qué momentos procesales y qué personas se intervienen para dar credibilidad y para ilustrarme a mí mismo de cómo funciona este mecanismo. Antes también de contestar y de lanzar una nota de prensa en algo que pudiera ser una práctica habitual en otro lugar, no desde luego de donde yo vengo y desconociendo lo que ocurría en la Fiscalía de Madrid. Por eso le hago esas preguntas.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, yo en particular le quiero preguntar sobre un WhatsApp que envía usted a la señora Pilar Rodríguez abro comillas “y la falsedad” cierro comillas. ¿Está usted insinuando la necesidad de imputar delitos adicionales al señor Alberto Gonzalez Amador?
-Álvaro García Ortiz: En absoluto Lo que me explicara brevemente a través de la fiscal superior es una revisión de la decana al fiscal superior La que me llegue a mí es cómo se articula las conformidades, con los delitos fiscales, en una regularización aplicando el 305 y el 306, que de manera explícita y que primero se paga y luego se habla, interviene la Abogacía del Estado. Claro, en la denuncia además hay una falsedad, por eso hago la pregunta y esto está bien con los fiscales que se hace con la falsedad simplemente.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, ya han elaborado la nota la nota de prensa como sé cómo ese proceso de difusión de la nota de prensa al día siguiente.
-Álvaro García Ortiz: Acabó enviando la nota de prensa a la señora a la directora de comunicación y de alguna manera me desentiendo de ese proceso. SÍ que hay que decir que no voy a decir que fuera algo absolutamente imprescindible. Pero la idea de hacer una nota de prensa en esa noche y haber tenido a nuestra disposición los correos esa misma noche era precisamente porque si se estaba instalando una controversia en la que se estaba faltando a la verdad y la idea de hacerla a esas horas era para que al día siguiente, a primerísima hora, a primerísima hora en todas las tertulias, en todos los debates de televisión, en toda la opinión que se genera a primera hora de la mañana, en este país que es muy potente, que es muy potente, ya hubiera una información oficial veraz de la fiscalía. El único medio que tiene la fiscalía española de expresar sus realidades es a través de notas de prensa. No tenemos portavoces, no tenemos capacidad de ir a una tertulia, a contar lo que hacemos, nos expresamos a través de esas notas de prensa y para nosotros era imprescindible, absolutamente imprescindible ir que se emitiera, que estuviera publicada esa nota de prensa con anterioridad a la entrada. Por eso, esa intención por esa. Por eso esa prisa si podemos, así llamarlo en que la nota saliera cuanto antes
-Abogado del Estado de FGE: bien. la señora Lastra. El pasado día 16 de enero declaró que mantuvo con usted una conversación en torno a las 9 de la mañana de ese día, 14 de marzo, y la señora Lastra relató lo siguiente abro comillas. “¿Álvaro, has filtrado los correos?” y usted le según ella, le indicó “eso ahora no importa, lo importante es sacar la nota” cierro comillas. ¿Reconoció haber filtrado los correos a la señora Lastra en la mañana del 14 de marzo?
-Alvaro García Ortiz: En absoluto, en absoluto.
-Abogado del Estado de FGE: es más puede puede explicarme por qué existe esa contradicción entre lo que declaró la señora Lastra y lo que me acaba de indicar ahora usted?
-Álvaro García Ortiz: En primer lugar, yo dudo mucho que un fiscal de este país se dirija al fiscal general en esos términos me cuesta mucho pensar que eso ha podido imaginarse y, en segundo lugar y bueno, realmente yo esto lo he pensado mucho he reflexionado, porque se dice o se dijeron estas cosas estas y también alguna referente a que la fiscal superior de Madrid era reticente con el contenido de la nota. No, no fue nunca reticente con el contenido, Lo fue con que todo estaba revelado y dijo en sus propias palabras que hacíamos el ridículo Si si dábamos una información que ya había sido publicada esa fue su expresión realmente yo lo que iba viendo en las conversaciones que iba teniendo con ella en una primera conversación es que se encontraba Se mostraba reticente a la publicación desde las 7 de la mañana. La nota, a mi juicio debería haberse puesto en circulación. Eran las 9, las 9 de la mañana aproximadamente la nota no acababa de salir. Yo tuve 2 conversaciones con la señora Lastra. Una, en la que me pone algunas excusas. Me dice que las fechas no están bien o algo el teléfono. Compruebo que las fechas están bien y le vuelvo a llamar. No me coge el teléfono, no me coge el teléfono, tengo que ponerle en WhatsApp y decirle que es imperativo que salga la nota y posteriormente tengo una conversación con ella en la que se sigue mostrando reticente, pero, pero sin más no, no, no recibe ninguna orden expresa de que salga esa nota. Yo no doy una orden más que en los términos que cualquiera pueda interpretar, si es orden o no, el término imperativo que está puesto en el WhatsApp que todos ustedes conocen, pero, como digo, sí que sí que me ha llevado a la reflexión en el entender por qué o de qué manera la fiscal superior, La fiscal jefa de la Comunidad Autónoma de Madrid ha hablado ha dicho en este contexto esas manifestaciones. Bueno, yo creo y lo sabe toda la curia fiscal y judicial, hay un desafecto de la señora Lastra hacia quienes dirigimos la fiscalía española en este momento y la hemos dirigido en el pasado y es algo que ya no oculta lo manifiesta abiertamente en los círculos, en los que ella se mueven en círculos oficiales, fiscales o judiciales y, por otro lado. Bueno, también me llevó a una reflexión y quiero que se entiendan bien mis palabras. Estoy seguro. Estoy absolutamente seguro que ningún fiscal de este país ha hecho una filtración que ningún fiscal hizo una filtración en esa noche, y estoy seguro de que la señora Lastra no ha filtrado ningún documento, absolutamente seguro. Pero lo que sí veo es que la inferencia que se hace en el auto, precisamente, de 13 de enero, es que hay una coincidencia cronológica entre la publicación en unos medios de comunicación y la posesión de esos correos en esa situación la señora Lastra está exactamente igual que el fiscal general del Estado. Posee los correos y los medios de comunicación, están trabajando y hacen su propio trabajo y puedo entender humanamente puedo entender que la señora Lastra quiera salir de ese foco lo puedo entender Y, repito, estoy seguro de que la señora Lastra no ha filtrado absolutamente nada. Quiero dejarlo bien claro, pero puedo entender que humanamente ella quiera separarse Separarse de esa inferencia de imputación es la única explicación que encuentro.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, ¿conoce usted si hay artículos periodísticos periodísticos en particular me refiero a El País que sitúa la fuente de los correos en la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid?
-Álvaro García Ortiz: Hay artículos periodísticos, hay informaciones periodísticas que las sitúa en el día 6, el 12, pero concretamente si hay una información que me parece relevante en el que las fuentes que cita José Manuel Romero creo que es en El País en un, en un artículo del 20 de enero y que hemos pedido precisamente su declaración, cita fuentes de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia y de Madrid, creo que dice. Por eso entiendo que haya que sacar el foco también esto .
-Abogado del Estado de FGE: Bien, le quiero preguntar sobre su cambio de terminal una vez que hemos acabado con los hechos que ocurrieron entre el día 7 al 14 de marzo. ¿Qué datos tiene el terminal del señor fiscal general del Estado?
-Alvaro García Ortiz: Bueno, sería infinito relatar los datos que tienen que ir terminando y terminar. Tiene la información personal, personalísima lo que llamamos nuestra identidad digital, datos que solo pertenecen a mi interinidad, a las de mi entorno y mi familia, por supuesto, como cualquier ciudadano o ciudadana, pero también en el terminal. Los dispositivos y el propio despacho del fiscal general almacenan una cantidad de datos y de informaciones absolutamente inimaginables. Datos, informaciones que corresponden a todos los fiscales. De este país, a todos los procedimientos en marcha o que puedan ponerse en marcha en este país, a todas las relaciones institucionales, con las más altas instituciones del país, a todas las relaciones internacionales, de persecuciones delictivas, de acomodación de estrategias con fiscales, de otros países, con autoridades de otros países, y discúlpeme, solo quiero decir una cosa, mi teléfono móvil alberga información que, por supuesto, puede afectar a la seguridad de este país por supuestísimo que puede afectar, y creo que hay muy pocas autoridades en España que puedan albergar en su teléfono móvil tal y tanta información, como tiene el fiscal general del Estado de España. Bien, ¿cuántas veces ha cambiado Usted de terminal durante los últimos 4 años?
-Álvaro García Ortiz: Haciendo memoria desde que llegó a la Fiscalía General del Estado Desde que llegó a como fiscal jefe de sala de la secretaría técnica habré cambiado 5 y la última 6 veces determinada.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, usted borra con asiduidad los datos contenidos en su teléfono móvil.
-Álvaro García Ortiz: Yo borro todo, absolutamente todo, y borró todo de una manera regular de una manera absolutamente regular. Como le he dicho, los datos de mi terminal son datos ultra sensibles. Yo no puedo permitirme el lujo de abandonar perder o que llegue a manos de terceros un terminal con la información que tenga. Luego borró todo, pero no por todo solo porque ejerzo mi libre derecho a manejar ni terminal como quiera borro todo porque es una imposición legal debemos borrar los datos de nuestros terminales, y no lo digo yo, lo dice el reglamento de protección de datos de la Unión Europea. Lo dice la Ley de Protección de Datos española, lo dice la instrucción 2/19 de la Fiscalía General del Estado. Lo dice la guía de la propia. Lo dice cualquier instrumento normativo, lo dice el Incibe, lo dice el Ministerio de Justicia, porque hay un principio, un principio básico básico en los datos, que es el de no conservación de datos, cuando no son necesarios, porque los datos son un patrimonio y si circulan por sitios que no deben son un perjuicio inmenso, es un principio básico, absolutamente básico.
-Abogado del Estado de FGE: le quiero preguntar. Consta en las actuaciones que se produjo. Un cambio de su terminar el 23 de octubre del año 2024. ¿Recuerda cómo fue el cambio?
-Álvaro García Ortiz: Sí recuerdo perfectamente, y, además sé que se ha hecho una inferencia ilógica de cómo y cómo ocurre ese cambio, yo pido el nuevo dispositivo en mayo, en mayo de 2024, y no lo activo hasta creo que es el 23 de octubre, 23 de octubre de 2024. La inferencia que se hace es que es con motivo de esta causa, que lo haga por esta causa. Bueno me parece un razonamiento sostenible desde una perspectiva futura, pero en el momento si yo hubiera querido ocultar datos, hubiera cambiado el 30 de julio, que es cuando se eleva a la exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia o lo hubiera cambiado el 15 0 el 16 de octubre, que es cuando el Tribunal Supremo acepta esa exposición razonada. No iba a exponer mis datos durante 6 días a la ligera. Eso es bastante circunstancial ese cambio, pero sí quiero y me van a permitir no sé si sí lo digo de una manera demasiado emotiva. Es absolutamente impensable, impensable para un fiscal general impensable para la fiscalía española. No hay precedentes en todo el derecho europeo que se entre en el despacho del fiscal general y que se le incautó el dispositivo. es inimaginable desde ese punto de vista de no imaginar jamás, nunca que eso pudiera ocurrir, porque, como digo, no hay precedentes y es inimaginable para un fiscal verse En esa situación no tiene nada que ver el cambio dispositivo con la falta de disposición de datos o el borrado, o cualquier otra cuestión que se ha planteado esa manera.
-Abogado del Estado de FGE: ¿Usted comunicó el que se había producido el cambio de dispositivo a la Unidad Central Operativa, el día que se produjo la entrada y registro?
-Álvaro García Ortiz: Sí, en ningún momento lo oculté, cuando fui requerido para entregar el dispositivo porque así lo decía el auto del magistrado instructor, al hacer la entrega preguntó el policía que llevaba a cabo el requerimiento y le dije que acababa de cambiar el dispositivo. Nunca lo he ocultado.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, ahora le quiero hacer una serie de preguntas en relación con el resto de los 2 investigados, con la señora Pilar Rodríguez y con el señor Díaz año. Una vez que tiene lugar esa dación de cuentas. El día 7 usted da alguna instrucción al señor Villafañe, a la señora Pilar Rodríguez, hasta el día 13 de marzo.
-Álvaro García Ortiz: No, ninguna.
-Abogado del Estado de FGE: Bien, ya nos ha contestado. Ha contextualizado los WhatsAPP que, que que el respeto a la señora Pilar Rodríguez hay una injerencia Hay una expresión, el informe de la Unidad Central Operativa en relación con esta investigada con la señora Pilar Rodríguez. Usted tenía un plan profesional para la señora fiscal jefa provincial para la señora Rodríguez, como consecuencia de su intervención en algo relacionado con el señor Alberto González Amador.
-Álvaro García Ortiz: En absoluto. Lo que tenía era un plan con la señora y tengo un plan con la señora Pilar Rodríguez, porque para renovar o acceder a una fiscalía hay que presentar un plan de actuación. En virtud de ese plan de actuación se desarrollan las actividades de los 5 siguientes años, para los que es renovaba la señora Pilar Rodríguez. Su futuro acababa de ser determinado con la confirmación de ser nada menos, nada menos que fiscal Jefa de la fiscalía más importante de este país.
-Abogado del Estado de FGE: Le quiero preguntar el hecho de que la noche del 13 de marzo las comunicaciones con la señora Pilar Rodríguez se hicieran por teléfono o si articularse a través de su cuenta personal, de Gmail, modifica no invalidan el hecho de que se trataba de una dación de cuentas el artículo 25.
-Álvaro García Ortiz: En absoluto, como he repetido antes si el fiscal general o cualquier jefe quiere ser informado de un asunto que se está desarrollando en un momento determinado, puede hacerlo por cualquier medio. Es más, el artículo 26 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal le da la potestad al fiscal general del Estado de hacer comparecer ante sí a cualquier fiscal de recibir recabar información de cualquier fiscal. Es es algo que le puede preguntar a los 2.700 fiscales de este país y verá cómo le dan la misma respuesta.
-Abogado del Estado de FGE: Ya la ha contestado antes, pero necesito que me dé una respuesta al efecto. Consta un whatsApp que usted envía la señora Pilar Rodríguez, la madrugada del 13 al 14 de marzo, en el que usted parece que le envía un borrador de la nota de prensa su whatsapp. Abro comillas “échale un vistazo y dime si está todo bien”, ¿la señora Pilar Rodriguez Participó en el proceso de la iniciativa de elaborar la nota de prensa, el proceso de creación de la nota de prensa o tomó decisiones sobre su elaboración o difusión?
-Álvaro García Ortiz: En absoluto. La señora Rodríguez se limitó a cumplir los mandatos estatutarios establecidos en el artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, al igual que el teniente fiscal de las secretarías técnicas se limitó a hacer su trabajo, una de las cosas más dolorosas para mí como fiscal general del Estado, y lo podrán entender es ver cómo las personas por hacer su trabajo por perseguir el delito, dar una información veraz en su caso y obedecer las órdenes o las instrucciones del fiscal general del Estado se vean envueltos en una causa como esta.
-Abogado del Estado de FGE: Le pregunto en particular respecto de la señora Pilar Rodríguez. Consta que el 15 de marzo hubo unas conversaciones entre la señora Pilar Rodríguez y el señor Villafañe, y en la que usted parece que le requiere la señora Pilar Rodríguez para que acuda a Fiscalía general. “Me dice el jefe Si puede pasar mañana a las 11 horas” por que era necesario la presencia de la señora Pilar Rodríguez, que ocurrió el día 15 de marzo?
-Álvaro García Ortiz: Bueno, está presente la representación del Colegio de Abogados de Madrid. El Colegio de Abogados, emite una nota el día 14, una nota muy fuerte contra la actuación de la fiscalía contra esa nota de prensa que da la fiscalía y efectivamente hay un revuelo de abogados y fiscales. Trabajamos en común y nuestras relaciones son bastante cordiales para bajar de alguna manera la tensión que denotaba la nota del Colegio de Abogados Yo me pongo en contacto con la, con la presidenta del Consejo General de la Abogacía Victoria Ortega, en ese momento y a través también de su gabinete de Borja no me acuerdo del apellido, concertamos una reunión para el día siguiente precisamente precisamente para buscar una solución de consenso y que no fuera más esa polémica que se había generado por la emisión de la nota. No tiene más misterio que una reunión que se celebra en la sede de la fiscalía española con la presencia de decano de los abogados de Madrid, el señor Ribón, Creo que su secretario, su jefe de gabinete, la señora Victoria Ortega, desde Santander, en vía telemática, y respecto a la fiscalía española, creo que estaba la jefa de la Inspección, la jefa de la secretaría técnica y la jefa provincial de Madrid.
-Abogado del Estado de FGE: En esa reunión con el Colegio de Abogados, la señora Pilar Rodríguez, parece que asume la nota de prensa, o la elaboración o la difusión de la nota de prensa. ¿Es eso cierto? ¿O fue una decisión suya?
-Álvaro García Ortiz: Vamos a ver. No, no es exactamente así. Hubo una polémica entre los directores de comunicación. Sobre con qué logotipo, debía salir la nota de prensa. Para mí es algo intrascendente. Podía haber salido con el logo de la Fiscalía General, podía haber salido con la superior. Podría haber salido con de la provincial. Son informaciones oficiales de la fiscalía española. Al final, entre ellos, convinieron que salía, saliera con el de la provincial, pilar No fue informada de este esta circunstancia y si hizo alguna referencia a ser responsable de la nota fue efectivamente por eso luego por responsabilidad institucional pero está claro, clarísimo y yo creo que no lo he podido dejar de manera más evidente ni en ese momento ni con posterioridad y cualquier acto público que el único responsable de esa nota de prensa es el fiscal general del Estado ni nadie más.
-Abogado del Estado de FGE: Quiero acabar con 2 preguntas en relación con estos investigados. Ordenó o pidió tanto a la señora Pilar Rodríguez, como el señor Diaz, que divulgaron facilitaran filtraran cualquier documentación vinculada al señor González Alberto González Amador?
-Alvaro García Ortiz: No, rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: Tiene constancia de que estas 2 personas tanto el señor Villar, como la señora Pilar Rodriguez, facilitaran, divulgar o filtraran cualquier documentación vinculada al señor Alberto González Amador?
-Álvaro García Ortiz: Rotundamente no.
-Abogado del Estado de FGE: Pues he acabado, señoría.
-Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Ángel Luis Hurtado Adrián: damos por finalizada la sesión. Muchas gracias. Levantamos y cerramos ya el acto, y damos por concluida la sesión.