¿Es necesario que haya hospitalización de un hijo para acogerse a la CUME?

El abogado Pedro López habla en Tododiscapacidad de una sentencia de una reciente en la que el Supremo reconoce este derecho sin requerir de hospitalizaciones constantes.

Feb 7, 2025 - 13:18
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¿Es necesario que haya hospitalización de un hijo para acogerse a la CUME?

La CUME, la reducción de jornada que los padres pueden solicitar para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave sin perder ingresos surgió, como su propio nombre indica, para menores con cáncer y otra enfermedad que requiriera ingresos hospitalarios frecuentes.

Sin embargo, se ha ido ampliando a otras realidades, como niños con grandes discapacidades que requieren cuidados constantes. Eso sí, muchas veces requiere de la intervención de la justicia para que sea reconocido como un derecho, como el que caso del que Pedro López habla en su vídeo en Tododiscapacidad.

En este caso, como explica el abogado, una madre tuvo que recurrir a los tribunales catalanes porque se la rechazaron porque su hijo no necesitaba un ingreso hospitalario de larga duración, pero que sí requería de "cuidados ambulatorios permanentes, diarios, de fisioterapeuta..."

Este tribunal lo rechazó precisamente alegando que no requería hospitalizaciones, por lo que esta mujer decidió ir más lejos, al Tribunal Supremo y alegó "que cuida de su hijo a diario, que asiste continuamente al centro ambulatorio para recibir asistencia médica y que debe considerarse esa asistencia médica como un ingreso hospitalario".

Y el tribunal Supremo le dijo que sí, que tiene derecho, y que tiene derecho porque, "al igual que ella, considera que existe esa situación de necesidad de cuidado de un menor y que, aunque no hay un ingreso hospitalario, sí se acredita una necesidad continua de cuidado del menor diariamente".

Se entiende, por lo tanto, que la enfermedad del niño, pese a no requerir hospitalizaciones, sí precisa de cuidados incompatibles con una jornada laboral completa y que "la familia debe estar con el menor y debe recibir la ayuda para atenderlo".

El caso de esta familia no es una excepción, pero sí es cierto que la CUME se sigue rechazando en otros muchos. Tras esta sentencia del Tribunal Supremo, la probabilidad de que la rechacen será menor, por eso, Pedro López invita a que familias en situaciones similares se aventuren a solicitar este derecho, solo tienen que acreditar que "hay una atención ambulatoria constante, diaria".

Si quieres estar al día de cuestiones como esta o quieres plantear tus propias dudas, puedes visitar, Tododiscapacidad, el perfil que Pedro López de Cerro ha creado en Instagram.