La mujer trabajó para la empresa de su marido y luego recibió diversas prestaciones por desempleo. Ahora debe devolver todo el dinero
La Ley General de la Seguridad Social no permite que una persona pueda trabajar por cuenta ajena en una empresa donde el empleador es la pareja. Una mujer lo hizo y, además, tras eso, recibió una ayuda de desempleo del SEPE por valor de casi 4.000 euros. Ahora debe devolver todo el dinero, tras poder demostrarse que la ayuda del SEPE fue generada después de que la beneficiaria trabajase en la empresa de su marido. Es una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña alegando la omisión de que su empleador había sido su cónyuge.etiquetas: empleo, sepe, impuestos, españa» noticia original (www.genbeta.com)
La Ley General de la Seguridad Social no permite que una persona pueda trabajar por cuenta ajena en una empresa donde el empleador es la pareja. Una mujer lo hizo y, además, tras eso, recibió una ayuda de desempleo del SEPE por valor de casi 4.000 euros. Ahora debe devolver todo el dinero, tras poder demostrarse que la ayuda del SEPE fue generada después de que la beneficiaria trabajase en la empresa de su marido. Es una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña alegando la omisión de que su empleador había sido su cónyuge.
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