La ONU y la policía del lenguaje

“Discurso de odio es toda comunicación que ataque o use un lenguaje discriminatorio en referencia a una persona o grupo basado en su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género o factor de identidad”. Con esta inocente frase, los funcionarios de las Naciones Unidas pasaron de defender minorías de la desigualdad ante la ley, a imponer su propio pensamiento a todos, autodesignándose policías del lenguaje ajeno. Veamos como lo logran.Yo defiendo las libertades de todos y la Carta de la ONU. La Carta enumera los derechos de todo hombre e introdujo el concepto de discriminación, al establecer que todos los seres humanos deben ser tratados del mismo modo por la ley y que no se podía, en relación con la ley, discriminar entre las personas por su condición. La discriminación, era ante la ley y la condición de cada uno, algo objetivo. Partiendo de ese principio básico y de ese lenguaje, el secretario general de la ONU decidió aprobar una estrategia para combatir los discursos de odio. Al hacerlo en 2019, Guterres procedió a definir los discursos de odio, pero con dos pequeños retoques en las definiciones de discriminación y de la condición de las personas. El secretario definió entonces que hay discriminación no ya cuando el Estado trata de forma diferente a dos personas por medio de una ley, sino “cuando un individuo es tratado de forma menos favorable que otro en una situación similar”. Ya no discrimina una ley, sino cualquier persona cuando da preferencia a alguien. Además, quienes administran la ONU definieron como lenguaje discriminatorio a “una comunicación sesgada, fanática, intolerante o prejuiciosa o desdeñosa o que desanime (“peyorativa”), sobre un individuo o grupo, basada en su identidad”. Como vemos, cambiaron el objeto de la discriminación que era un rasgo objetivo de las personas -su condición-, por un rasgo subjetivo, que cada uno puede percibir, al que llaman factor de identidad. Guterres explica que factor de identidad no es algo sólido, sino que depende del medio, es un concepto abierto, que incluye una identidad “real, supuesta o imputada relacionada a cualquier causa de vulnerabilidad, exclusión o marginalización”.Así, si cualquier persona es prejuiciosa o desdeñosa o peyorativa con otro sujeto que se percibe cualquier cosa, aunque no sea real, bastando que lo suponga o que se lo impute alguien, entonces la primer persona habría incurrido en un “discurso de odio”, lo que será combatido por las Naciones Unidas, que le dirán a todas las naciones que lo combatan. Estas definiciones de los administradores de la ONU, claramente diferentes de lo que dice la Carta del organismo que ellos debieran aplicar, tienen un problema lógico. La Carta garantiza a todos el derecho a pensar lo que quieran y a decir lo que piensan, sin generar daño. Sin embargo, los que definieron así a los discursos de odio, violarán el derecho a pensar y expresarse de cualquiera que consideren desdeñoso, prejuicioso o peyorativo de la opinión ajena y lo perseguirán por su pensamiento. El salto lógico está en que si alguien puede percibirse subjetivamente como cualquier cosa y puede expresarlo, otro también puede, subjetivamente, tener la idea contraria, pero no podría expresarlo. Esta contradicción no está en la Carta de la ONU, porque ella prohíbe a los Estados discriminar entre personas por condiciones objetivas, pero no subjetivas.Con estas piruetas conceptuales, que surgen de alterar definiciones, unos funcionarios internacionales pretenden imponer a las democracias de todo el mundo su manera de pensar y se autoerigen como policías del pensamiento con facultades de persecución y cancelación de los disidentes de su mirada ilógica y violatoria de la Carta de la ONU. Una cosa es defender a minorías y garantizar la igualdad de todos ante la ley, cualquiera sea su raza, religión, preferencia sexual o cualquier otra condición objetiva, y otra es que un grupo acotado pretenda decirle a los pueblos de la tierra que piensen como ellos, so pena de ataque mundial. Eso es lo que no puede suceder en un estado de derecho nacional o internacional. Presidente Provisional del Senado argentino (2015-2019)

Feb 6, 2025 - 04:56
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La ONU y la policía del lenguaje

“Discurso de odio es toda comunicación que ataque o use un lenguaje discriminatorio en referencia a una persona o grupo basado en su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género o factor de identidad”.

Con esta inocente frase, los funcionarios de las Naciones Unidas pasaron de defender minorías de la desigualdad ante la ley, a imponer su propio pensamiento a todos, autodesignándose policías del lenguaje ajeno. Veamos como lo logran.

Yo defiendo las libertades de todos y la Carta de la ONU. La Carta enumera los derechos de todo hombre e introdujo el concepto de discriminación, al establecer que todos los seres humanos deben ser tratados del mismo modo por la ley y que no se podía, en relación con la ley, discriminar entre las personas por su condición. La discriminación, era ante la ley y la condición de cada uno, algo objetivo.

Partiendo de ese principio básico y de ese lenguaje, el secretario general de la ONU decidió aprobar una estrategia para combatir los discursos de odio. Al hacerlo en 2019, Guterres procedió a definir los discursos de odio, pero con dos pequeños retoques en las definiciones de discriminación y de la condición de las personas. El secretario definió entonces que hay discriminación no ya cuando el Estado trata de forma diferente a dos personas por medio de una ley, sino “cuando un individuo es tratado de forma menos favorable que otro en una situación similar”. Ya no discrimina una ley, sino cualquier persona cuando da preferencia a alguien. Además, quienes administran la ONU definieron como lenguaje discriminatorio a “una comunicación sesgada, fanática, intolerante o prejuiciosa o desdeñosa o que desanime (“peyorativa”), sobre un individuo o grupo, basada en su identidad”. Como vemos, cambiaron el objeto de la discriminación que era un rasgo objetivo de las personas -su condición-, por un rasgo subjetivo, que cada uno puede percibir, al que llaman factor de identidad. Guterres explica que factor de identidad no es algo sólido, sino que depende del medio, es un concepto abierto, que incluye una identidad “real, supuesta o imputada relacionada a cualquier causa de vulnerabilidad, exclusión o marginalización”.

Así, si cualquier persona es prejuiciosa o desdeñosa o peyorativa con otro sujeto que se percibe cualquier cosa, aunque no sea real, bastando que lo suponga o que se lo impute alguien, entonces la primer persona habría incurrido en un “discurso de odio”, lo que será combatido por las Naciones Unidas, que le dirán a todas las naciones que lo combatan. Estas definiciones de los administradores de la ONU, claramente diferentes de lo que dice la Carta del organismo que ellos debieran aplicar, tienen un problema lógico. La Carta garantiza a todos el derecho a pensar lo que quieran y a decir lo que piensan, sin generar daño. Sin embargo, los que definieron así a los discursos de odio, violarán el derecho a pensar y expresarse de cualquiera que consideren desdeñoso, prejuicioso o peyorativo de la opinión ajena y lo perseguirán por su pensamiento. El salto lógico está en que si alguien puede percibirse subjetivamente como cualquier cosa y puede expresarlo, otro también puede, subjetivamente, tener la idea contraria, pero no podría expresarlo. Esta contradicción no está en la Carta de la ONU, porque ella prohíbe a los Estados discriminar entre personas por condiciones objetivas, pero no subjetivas.

Con estas piruetas conceptuales, que surgen de alterar definiciones, unos funcionarios internacionales pretenden imponer a las democracias de todo el mundo su manera de pensar y se autoerigen como policías del pensamiento con facultades de persecución y cancelación de los disidentes de su mirada ilógica y violatoria de la Carta de la ONU. Una cosa es defender a minorías y garantizar la igualdad de todos ante la ley, cualquiera sea su raza, religión, preferencia sexual o cualquier otra condición objetiva, y otra es que un grupo acotado pretenda decirle a los pueblos de la tierra que piensen como ellos, so pena de ataque mundial. Eso es lo que no puede suceder en un estado de derecho nacional o internacional.

Presidente Provisional del Senado argentino (2015-2019)