La reducción de jornada no solo nos dará horas de descanso. También una muy necesaria "desconexión digital"

La reducción de jornada es una realidad, o casi: el anteproyecto presentado por el Gobierno suena muy bien para los trabajadores, aunque suscita algunas dudas. Además de la disminución de la jornada semanal a 37,5 horas, propone otros cambios en dos aspectos del entorno laboral no menos importantes: la desconexión digital y el registro de la jornada. Hasta que la ley no se apruebe, no se hará efectiva, y tampoco es una propuesta definitiva por el momento. Sin embargo, como veníamos comentando, implica mucho más que una simple reducción de jornada. Desatender llamadas o un mensaje de WhatsApp fuera del horario laboral no puede ser motivo de sanciones ni represalias, así de rotundo se muestra este anteproyecto. Más que una simple rebaja en las horas que trabajamos: el sistema de registro debe ser digital A pesar de que el texto no es definitivo, tiene pinta de que acabará siendo el que se discuta en el Congreso en los próximos meses. El Consejo de Ministros se muestra conforme con este anteproyecto, que tiene como medida principal reducir la jornada laboral: de 40 horas semanales, como dicta el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, a 37,5 horas semanales que conformarán la nueva jornada. Con un paso menos hacia la ley, ahora la pelota está en el tejado del Congreso. El tiempo para la tramitación es indeterminado, habrá que esperar a las distintas palabras de los grupos parlamentarios. Sea como sea, esta propuesta de reducción de jornada va más allá del horario laboral: los dos aspectos mencionados se tratan en el texto provisional. Por un lado propone modificar el sistema de registro de jornada, que en la actualidad dice lo siguiente: La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo. Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, ensu defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada. La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Imagen: Wikimedia Commons El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34.9, limita la obligación de registro a los trabajadores a tiempo parcial. Su misión es controlar la jornada y asegurar que se respeten los límites y derechos laborales. En la actualidad, debe adaptarse a los nuevos tiempos y en este sentido hay mucho que concretar. Por ello, el borrador del anteproyecto especifica el uso de medios digitales, que puedan garantizar la objetividad, fiabilidad y accesibilidad a empleados, representantes sindicales e Inspección de Trabajo. Además, establece requisitos más específicos para garantizar que el registro sea eficaz: En Xataka Android Las mejores aplicaciones Android para llevar un control de las horas de trabajo o estudio Medios digitales: como decíamos, se exige el uso de medios digitales, buscando un registro objetivo y fiable. Cumplimentación inmediata: se obliga a registrar la jornada al inicio y al final, incluyendo las interrupciones, para evitar errores y fraudes. Accesibilidad total: la Inspección de Trabajo y los representantes de los trabajadores tendrán acceso inmediato al registro, facilitando el control y la defensa de los derechos. Control de horas extra: se busca un mayor control de las horas extraordinarias, evitando su proliferación irregular. Derecho a la desconexión digital El debate sobre el derecho a la desconexión digital no tiene cabida en la propuesta del Gobierno. Mientras que el Estatuto de los Trabajadores se limita a reconocer el derecho a la desconexión digital, el anteproyecto de ley lo desarrolla y concreta, estableciendo un marco regulatorio más preciso y garantista. El objetivo es claro: proteger el tiempo de descanso de los trabajadores y garantizar su derecho a la desconexión digital, en un contexto laboral cada vez más digitalizado. El borrador que llegará al Congreso refuerza el derecho a la desconexión que ya abordó la Ley del teletrabajo, pero con varias novedades. Si el anteproyecto acaba en ley, tu empresa no podrá tomar represalias por no contestar una comunicación del trabajo, sea una llamada o un WhatsApp. Imagen: cottonmbro studio en Pexels El derecho a la desconexión será irrenunciable, así se establece de cara a proteger a los trabajadores frente a posibles presiones empresariales. Otra de las novedades afecta al deber empresarial, que deberá garantizar la

Feb 5, 2025 - 06:46
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La reducción de jornada no solo nos dará horas de descanso. También una muy necesaria "desconexión digital"

La reducción de jornada no solo nos dará horas de descanso. También una muy necesaria "desconexión digital"

La reducción de jornada es una realidad, o casi: el anteproyecto presentado por el Gobierno suena muy bien para los trabajadores, aunque suscita algunas dudas. Además de la disminución de la jornada semanal a 37,5 horas, propone otros cambios en dos aspectos del entorno laboral no menos importantes: la desconexión digital y el registro de la jornada.

Hasta que la ley no se apruebe, no se hará efectiva, y tampoco es una propuesta definitiva por el momento. Sin embargo, como veníamos comentando, implica mucho más que una simple reducción de jornada. Desatender llamadas o un mensaje de WhatsApp fuera del horario laboral no puede ser motivo de sanciones ni represalias, así de rotundo se muestra este anteproyecto.

Más que una simple rebaja en las horas que trabajamos: el sistema de registro debe ser digital

A pesar de que el texto no es definitivo, tiene pinta de que acabará siendo el que se discuta en el Congreso en los próximos meses. El Consejo de Ministros se muestra conforme con este anteproyecto, que tiene como medida principal reducir la jornada laboral: de 40 horas semanales, como dicta el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, a 37,5 horas semanales que conformarán la nueva jornada.

Anteproyecto Reducción de Jornada

Con un paso menos hacia la ley, ahora la pelota está en el tejado del Congreso. El tiempo para la tramitación es indeterminado, habrá que esperar a las distintas palabras de los grupos parlamentarios. Sea como sea, esta propuesta de reducción de jornada va más allá del horario laboral: los dos aspectos mencionados se tratan en el texto provisional.

Por un lado propone modificar el sistema de registro de jornada, que en la actualidad dice lo siguiente:

La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo. Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, ensu defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada. La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Congreso de los Diputados Imagen: Wikimedia Commons

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34.9, limita la obligación de registro a los trabajadores a tiempo parcial. Su misión es controlar la jornada y asegurar que se respeten los límites y derechos laborales. En la actualidad, debe adaptarse a los nuevos tiempos y en este sentido hay mucho que concretar.

Por ello, el borrador del anteproyecto especifica el uso de medios digitales, que puedan garantizar la objetividad, fiabilidad y accesibilidad a empleados, representantes sindicales e Inspección de Trabajo. Además, establece requisitos más específicos para garantizar que el registro sea eficaz:

  • Medios digitales: como decíamos, se exige el uso de medios digitales, buscando un registro objetivo y fiable.
  • Cumplimentación inmediata: se obliga a registrar la jornada al inicio y al final, incluyendo las interrupciones, para evitar errores y fraudes.
  • Accesibilidad total: la Inspección de Trabajo y los representantes de los trabajadores tendrán acceso inmediato al registro, facilitando el control y la defensa de los derechos.
  • Control de horas extra: se busca un mayor control de las horas extraordinarias, evitando su proliferación irregular.

Derecho a la desconexión digital

El debate sobre el derecho a la desconexión digital no tiene cabida en la propuesta del Gobierno. Mientras que el Estatuto de los Trabajadores se limita a reconocer el derecho a la desconexión digital, el anteproyecto de ley lo desarrolla y concreta, estableciendo un marco regulatorio más preciso y garantista.

El objetivo es claro: proteger el tiempo de descanso de los trabajadores y garantizar su derecho a la desconexión digital, en un contexto laboral cada vez más digitalizado. El borrador que llegará al Congreso refuerza el derecho a la desconexión que ya abordó la Ley del teletrabajo, pero con varias novedades.

Desconexión digital Si el anteproyecto acaba en ley, tu empresa no podrá tomar represalias por no contestar una comunicación del trabajo, sea una llamada o un WhatsApp. Imagen: cottonmbro studio en Pexels

El derecho a la desconexión será irrenunciable, así se establece de cara a proteger a los trabajadores frente a posibles presiones empresariales. Otra de las novedades afecta al deber empresarial, que deberá garantizar la desconexión con ausencia de solicitudes de trabajo y comunicaciones fuera del horario laboral.

Ahora toca negociar qué plataformas y servicios se enmarcan en la desconexión digital. Las modalidades y medidas incluidas en el derecho deberán ser objeto de negociación colectiva: los grupos de WhatsApp seguro que entran en más de una conversación.

Excepciones y cero represalias. El borrador contempla excepciones a la prohibición de comunicaciones fuera del horario laboral. Únicamente se aceptarán en circunstancias excepcionales justificadas y que hayan sido previamente negociadas. Además, queda prohibido que no contestar una comunicación de la empresa en la que trabajamos sea motivo de sanción o represalia de cualquier tipo.

¿Que una empresa incumple la normativa? Se avecinan nuevas sanciones con cuantías superiores a las actuales, con un cambio de referencia: no se impondrán por cada tipo de sanción, sino por cada empleado afectado por el incumplimiento. Los próximos meses dará mucho que hablar, solo nos queda esperar a que las conversaciones parlamentarias lleguen.

Imagen de portada | Composición con imágenes de Wikimedia Commons y Pixabay

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La noticia La reducción de jornada no solo nos dará horas de descanso. También una muy necesaria "desconexión digital" fue publicada originalmente en Xataka Móvil por Pepu Ricca .